Romeo esperaba afuera del de San Cristóbal de las Casas el nacimiento de su hija. Dos días después, le entregaron el cadáver de Susana, su esposa, y a una bebé sin limpiar. No le dieron explicaciones. Omitieron decirle que la habían atendido sin la premura que requería el caso, que la dejaron desnuda en una camilla expuesta a la vista del personal y de los pacientes, que le sacaron la vesícula sin su consentimiento.
Como parte de las reparaciones por las violaciones a los derechos humanos a la familia de Susana, el 19 de noviembre de 2014, el gobierno de Chiapas se disculpó públicamente por su responsabilidad en la muerte de Susana. Es la primera vez que un gobierno estatal se disculpa por una muerte materna en México.
Asimismo el Gobierno de Chiapas firmó un acuerdo para garantizar el acceso a salud y educación de Jonathan y Susanita, los hijos de Susana. También firmó junto con la Secretaría de Gobernación y las víctimas un convenio de indemnización por responsabilidad del Estado mexicano para el caso de Susana, el cual tiene como objetivo salvaguardar los recursos otorgados a los menores.
Aún quedan muchos pendientes relacionados con las medidas de no repetición que debe tomar el Estado para que lo sucedido a Susana no se repita, como por ejemplo las mejoras definitivas y urgentes que requiere el Hospital de la Mujer de San Cristóbal de las Casas.
El Hospital de la Mujer de San Cristóbal de las Casas —donde falleció Susana— atiende a los 18 municipios de la zona de los Altos agrupados en la Jurisdicción Sanitaria No. II San Cristobal de las Casas. Los municipios son: San Cristóbal de las Casas, Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Huixtán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, Tenejapa, Teopisca, Las Rosas, Zinacantán, San Juan Cancúc, y Santiago El Pinar.
De acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2010, consultado a través del Sistema Estatal y Municipal de Base de Datos, en la zona de los altos de Chiapas habitan 310,774 (Fuente) mujeres, de éstas 204,658 son mujeres mayores de 12 años. Se estima que 82,217 mujeres mayores de 12 años no tienen derechohabiencia a un sistema de salud.
De las mujeres fallecidas en Chiapas durante 2012: • 1 de cada 10 era menor a 19 años • 1 de cada 4 contaba con Seguro Popular • 7 de cada 10 murieron en una clínica u hospital federal o estatal • 8 de cada 10 contaron con asistencia médica • 1 de cada 3 tuvo cuidado prenatal en el primer trimestre de embarazo
4 de octubre
Susana, mujer tzotzil de 26 años, cursando un embarazo de 39 semanas, acude al Hospital de la Mujer en San Cristóbal de las Casas, Chiapas. Llega al hospital acompañada por Lucía, su suegra, quien es discriminada por el personal médico porque no habla español; el personal de salud corre a Lucía del hospital por ser indígena. Cuando Susana queda internada en el hospital, la mantienen desnuda y expuesta sobre una camilla a la vista del personal de urgencias y otros pacientes.
5 de octubre
Susana no recibe atención médica. La familia espera afuera del hospital sin saber nada sobre el estado de salud de Susana.
6 de octubre
La familia sigue esperando afuera sin saber sobre el estado de salud de Susana. Susana es sometida a operaciones sin la autorización informada de ella ni de su familia: cesárea y extracción de la vesícula. La familia sabe del nacimiento de Susanita y de la muerte de Susana. El personal médico entrega el cuerpo de Susana sin acta de defunción. El personal médico entrega a la recién nacida sin realizarle los procedimientos indicados por los protocolos, sin limpiar y sin instrucciones para su alimentación y cuidado. En la noche, la recién nacida tiene complicaciones para respirar y temperatura alta. La familia lleva a la recién nacida a un hospital particular de San Cristóbal de las Casas para que reciba atención médica.
7 de octubre
Susanita, la recién nacida (ahora de casi un año de edad), es dada de alta del hospital particular.
10 de octubre
El Grupo de Información en Reproducción Elegida AC (GIRE) inicia el acompañamiento legal del caso.
14 de octubre
El señor Manuel, papá de Susana, y Romeo, el esposo, presentan una queja ante la oficina foránea de la Quinta Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en San Cristóbal de las Casas y en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas.
31 de octubre
La CNDH atrae el expediente de queja.
19 de febrero
GIRE presenta ampliación de queja y opinión técnica del caso ante la CNDH.
15 de marzo
El Comité Promotor por una Maternidad Segura en México realiza y entrega una opinión técnica médica en la cual concluye que lo sucedido pudo haberse prevenido.
22 de mayo
El expediente es reasignado a la Cuarta Visitaduría General sin notificar a la familia ni a su representante legal, GIRE.
17 de julio
Nueve meses después de la muerte de Susana, la CNDH emite la recomendación del caso, nuevamente sin notificar a la familia ni a su representante legal, GIRE. La CNDH no atiende las peticiones de los familiares de la víctima y emite una recomendación sin considerar las particularidades del caso.
1 de agosto
Dos semanas después de ser emitida la recomendación, la CNDH notifica a Romeo, esposo de Susana. GIRE, representante legal, sigue sin ser notificado.
7 de agosto
El gobernador de Chiapas, Manuel Velasco, acepta la recomendación emitida por la CNDH. A partir de esta fecha, cuenta con seis meses para darle cumplimiento.
19 de noviembre
El secretario de Salud, Carlos Eugenio Ruiz Hernández, a nombre del gobierno de Chiapas, pidió una disculpa pública por su responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos y la muerte de Susana.
4 de febrero
Se sostuvo una reunión en San Cristóbal de las Casas entre GIRE y la Secretaría de Salud, durante la cual ésta última reiteró su compromiso de implementar un plan de acción diseñado por GIRE para el Hospital de la Mujer, encaminado a prevenir futuras muertes maternas.
4 de marzo
Firma de un fideicomiso como indemnización a los menores por el daño moral, el cual busca garantizarles un mejor proyecto de vida.
Firma la petición para que haya una reparación integral del daño a la familia de Susana Hernández Gómez y para que el Hospital de la Mujer de San Cristóbal de las Casas tenga infraestructura adecuada, personal capacitado y abastecimiento de medicinas para garantizar que la atención médica sea digna, adecuada y puntual para las mujeres de Chiapas.
La imagen paradisiaca del estado que aparece en las campañas del gobierno sólo es accesible para unos pocos. El slogan “¡Vive Chiapas!” le aplica a unos pocos. Para muchas chiapanecas "¡Chiapas, adrenalina de vivir!" —otro de los slogan turísticos del gobierno— significa sortearse la vida en el embarazo, parto y puerperio.
Además de firmar la petición puedes ayudar a los hijos de Susana con tu donativo.
Puedes realizar tu donativo en Banamex a la cuenta número 6253761 a nombre de Romeo Pérez López, vía transferencia electrónica con la clabe 002130700862537617 o a través de PayPal:
Donar $100 MXN | Donar $250 MXN | Donar $500 MXN |
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La justicia para la familia de Susana sólo llegará si se cumple con:
La familia pide:
Que el gobierno de Chiapas lleve a cabo un pronunciamiento público, reconociendo su responsabilidad por las violaciones a derechos humanos realizadas en contra de Susana y su hija menor Susana Alessandra.
La CNDH en su recomendación fue omisa en este punto.
ActualizaciónEl pasado 19 de noviembre, el gobierno de Chiapas se disculpó públicamente por su responsabilidad en la muerte de Susana. Es la primera vez que un gobierno estatal se disculpa por una muerte materna en México.
La familia pide:
Que se garantice el derecho a la salud a todas las mujeres embarazadas, brindando atención médica adecuada y puntual en el estado de Chiapas, a través de la implementación efectiva de programas de salud reproductiva acorde con las necesidades culturales de las mujeres y con financiamiento estatal suficiente.
La recomendación emitida por la CNDH señala:
Gire instrucciones a quien corresponda, para que se emita una circular dirigida al personal médico del Hospital de la Mujer, en el municipio de San Cristóbal de las Casas, dependiente de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, en la que se le exhorte a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten ante los Consejos de Especialidades Médicas, con la finalidad de que se acredite tener la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para mantener las habilidades necesarias que permitan brindar un servicio médico adecuado y profesional y, se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.
Gire sus instrucciones a quien corresponda para que los servidores públicos que prestan sus servicios en las clínicas, hospitales y centros de salud dependientes de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, adopten medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que los expedientes clínicos que generen con motivo de la atención médica que brindan, se encuentren debidamente integrados y protegidos, conforme a lo establecido en la legislación nacional e internacional, así como en la norma oficial mexicana correspondiente y, se envíen a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.
ActualizaciónMediante un boletín de prensa, el gobierno del estado anunció la inversión de 18 millones de pesos en el Hospital de la Mujer de San Cristóbal, sin embargo, la infraestructura sigue siendo precaria e insuficiente. Personal del hospital confirma que no se han modificado las deplorables condiciones en las que son atendidas las mujeres y los recién nacidos.
Que el Estado garantice los gastos educativos de los dos hijos menores de Susana de manera gratuita y hasta que cumplan la mayoría de edad. Y que se les garantice también la atención médica y psicológica especializada con el objeto de garantizar su desarrollo integral y bienestar físico y mental.
La CNDH en su recomendación fue omisa en este punto.
ActualizaciónEl poder Ejecutivo estatal inscribió a los hijos de Susana en el Seguro Popular, con lo cual no se garantiza que Susanita y Jonathan reciban la atención especializada que requieren. Asimismo se les otorgó una beca mensual para apoyar su educación.
La familia pide:
Que el personal médico que prestó atención negligente a Susana Hernández Gómez sea sancionado, con el objeto de que en un futuro no incurra en conductas semejantes.
La recomendación emitida por la CNDH señala:
Se colabore ampliamente con este organismo nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la Procuraduría General de Justicia del estado de Chiapas, para que en el ámbito de su competencia, se inicie la averiguación previa que en derecho corresponda, y se remita a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.
Se colabore ampliamente con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el trámite de la queja administrativa para iniciar procedimiento disciplinario ante la Contraloría Interna de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, en virtud de las consideraciones vertidas en esta recomendación, remitiendo para tal efecto, las pruebas que le sean requeridas.
La familia pide:
Que se tomen las medidas necesarias para sensibilizar y capacitar al personal de salud en derechos de las mujeres, en particular los derechos reproductivos para evitar situaciones similares con futuras usuarias.
La recomendación de la CNDH dice:
Se diseñen e impartan, en las clínicas, hospitales y centros de salud dependientes de la Secretaría de Salud del estado de Chiapas, Programas Integrales de Educación, Formación y Capacitación sobre los derechos humanos que el orden jurídico les reconoce a las mujeres y a la niñez, que garantice el trato digno y la situación de vulnerabilidad de diversos grupos, como lo son los miembros de los pueblos y comunidades indígenas y, se remitan a esta Comisión Nacional los indicadores de gestión y evaluación que se apliquen al personal capacitado y, las demás constancias con las que se acredite su cumplimiento.
La familia pide:
Que el gobierno de Chiapas repare de manera integral el daño moral, traducido en una indemnización económica, causado por la pérdida de la vida de Susana Hernández Gómez y el riesgo en el que se puso la vida de su hija menor. Además constituir un fideicomiso a favor de los hijos de Susana a fin de dar cumplimiento a la reparación del daño moral y afectación del proyecto de vida de los menores.
La CNDH en su recomendación señala:
Se colabore ampliamente con este organismo constitucional autónomo en el seguimiento e inscripción de V1, V2, V3 y V4, en el Registro Nacional de Víctimas, a efecto de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas y, se remitan las constancias que acrediten su cumplimiento.
ActualizaciónEl gobierno de Chiapas ha otorgado una indemnización económica para reparar el daño moral ocasionado por las violaciones a los derechos humanos ocurridas a Susana.